# Artículo 57, Ley de Vivienda

- Ley: Ley de Vivienda
- Ubicación: TÍTULO CUARTO. DEL FINANCIAMIENTO PARA LA VIVIENDA › CAPÍTULO II. Del Crédito para la Vivienda
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma DOF 29 de abril de 2026
- Fuente: Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes — https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LViv.doc
- URL canónica: https://articuladomx.com/ley-de-vivienda/articulo-57/
- Cómo citar: Artículo 57, Ley de Vivienda. Texto vigente, última reforma DOF 29 abr 2026. https://articuladomx.com/ley-de-vivienda/articulo-57/

## Texto

La Comisión; el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores; el Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado y la Sociedad Hipotecaria Federal, Sociedad Nacional de Crédito, deberán emitir reglas de carácter general que permitan canalizar recursos a tasas preferenciales para la población de bajos recursos, así como la movilidad habitacional en viviendas financiadas por ellos, mediante procedimientos para facilitar, en su caso, el arrendamiento o transmisión del uso por cualquier título de dichas viviendas.

> Nota de la fuente: Artículo reformado DOF 14-05-2019

## Artículos relacionados

- Artículo 10, Ley de Vivienda — https://articuladomx.com/ley-de-vivienda/articulo-10/
- Artículo 19, Ley de Vivienda — https://articuladomx.com/ley-de-vivienda/articulo-19/
- Artículo 167, Ley del ISSSTE — https://articuladomx.com/ley-del-issste/articulo-167/
- Artículo 43 Ter, Ley del Infonavit — https://articuladomx.com/ley-del-infonavit/articulo-43-ter/
- Artículo 177, Ley del ISSSTE — https://articuladomx.com/ley-del-issste/articulo-177/

---
Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado.
