# Artículo 17, Ley del Impuesto al Valor Agregado

- Ley: Ley del Impuesto al Valor Agregado
- Ubicación: CAPITULO III. De la prestación de servicios
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma DOF 12 de noviembre de 2021
- Fuente: Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes — https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LIVA.doc
- URL canónica: https://articuladomx.com/ley-del-impuesto-al-valor-agregado/articulo-17/
- Cómo citar: Artículo 17, Ley del Impuesto al Valor Agregado. Texto vigente, última reforma DOF 12 nov 2021. https://articuladomx.com/ley-del-impuesto-al-valor-agregado/articulo-17/

## Texto

En la prestación de servicios se tendrá obligación de pagar el impuesto en el momento en el que se cobren efectivamente las contraprestaciones y sobre el monto de cada una de ellas, salvo tratándose de los intereses a que se refiere el artículo 18-A de esta Ley, en cuyo caso se deberá pagar el impuesto conforme éstos se devenguen.

Tratándose de la prestación de servicios en forma gratuita por los que se deba pagar el impuesto, éste se causará en el momento en que se proporcione el servicio.

> Nota de la fuente: Párrafo adicionado DOF 11-12-2013. Reformado DOF 09-12-2019; Artículo reformado DOF 31-12-1979, 31-12-1981, 31-12-1998, 30-12-2002

## Artículos relacionados

- Artículo 17, Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios — https://articuladomx.com/ley-del-impuesto-especial-sobre-produccion-y-servicios/articulo-17/
- Artículo 18-F, Ley del Impuesto al Valor Agregado — https://articuladomx.com/ley-del-impuesto-al-valor-agregado/articulo-18-f/
- Artículo 43, Ley del Impuesto sobre la Renta — https://articuladomx.com/ley-del-impuesto-sobre-la-renta/articulo-43/
- Artículo 18, Ley del Impuesto al Valor Agregado — https://articuladomx.com/ley-del-impuesto-al-valor-agregado/articulo-18/
- Artículo 113-A, Ley del Impuesto sobre la Renta — https://articuladomx.com/ley-del-impuesto-sobre-la-renta/articulo-113-a/

---
Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado.
