# Artículo 18-B, Ley del Impuesto al Valor Agregado

- Ley: Ley del Impuesto al Valor Agregado
- Ubicación: CAPÍTULO III BIS. De la prestación de servicios digitales por residentes en el extranjero sin establecimiento en México › Sección I. Disposiciones generales
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma DOF 12 de noviembre de 2021
- Fuente: Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes — https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LIVA.doc
- URL canónica: https://articuladomx.com/ley-del-impuesto-al-valor-agregado/articulo-18-b/
- Cómo citar: Artículo 18-B, Ley del Impuesto al Valor Agregado. Texto vigente, última reforma DOF 12 nov 2021. https://articuladomx.com/ley-del-impuesto-al-valor-agregado/articulo-18-b/

## Texto

Para los efectos de lo dispuesto en el cuarto párrafo del artículo 16 de la presente Ley, se consideran únicamente los servicios digitales que a continuación se mencionan, cuando éstos se proporcionen mediante aplicaciones o contenidos en formato digital a través de Internet u otra red, fundamentalmente automatizados, pudiendo o no requerir una intervención humana mínima, siempre que por los servicios mencionados se cobre una contraprestación:

I. La descarga o acceso a imágenes, películas, texto, información, video, audio, música, juegos, incluyendo los juegos de azar, así como otros contenidos multimedia, ambientes multijugador, la obtención de tonos de móviles, la visualización de noticias en línea, información sobre el tráfico, pronósticos meteorológicos y estadísticas.

No se aplicará lo dispuesto en esta fracción a la descarga o acceso a libros, periódicos y revistas electrónicos.

II. Los de intermediación entre terceros que sean oferentes de bienes o servicios y los demandantes de los mismos.

III. Clubes en línea y páginas de citas.

IV. La enseñanza a distancia o de test o ejercicios.

> Nota de la fuente: Reforma DOF 08-12-2020: Derogó de la fracción el entonces párrafo segundo; Artículo adicionado DOF 09-12-2019

## Citado por

- Artículo 113-A, Ley del Impuesto sobre la Renta — https://articuladomx.com/ley-del-impuesto-sobre-la-renta/articulo-113-a/
- Artículo 1-A Bis, Ley del Impuesto al Valor Agregado — https://articuladomx.com/ley-del-impuesto-al-valor-agregado/articulo-1-a-bis/
- Artículo 16, Ley del Impuesto al Valor Agregado — https://articuladomx.com/ley-del-impuesto-al-valor-agregado/articulo-16/
- Artículo 18-D, Ley del Impuesto al Valor Agregado — https://articuladomx.com/ley-del-impuesto-al-valor-agregado/articulo-18-d/
- Artículo 18-H, Ley del Impuesto al Valor Agregado — https://articuladomx.com/ley-del-impuesto-al-valor-agregado/articulo-18-h/
- Artículo 18-J, Ley del Impuesto al Valor Agregado — https://articuladomx.com/ley-del-impuesto-al-valor-agregado/articulo-18-j/

## Artículos relacionados

- Artículo 291-B, Ley Federal del Trabajo — https://articuladomx.com/ley-federal-del-trabajo/articulo-291-b/
- Artículo 5-A Bis, Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios — https://articuladomx.com/ley-del-impuesto-especial-sobre-produccion-y-servicios/articulo-5-a-bis/
- Artículo 291-P, Ley Federal del Trabajo — https://articuladomx.com/ley-federal-del-trabajo/articulo-291-p/
- Artículo 972, Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares — https://articuladomx.com/codigo-nacional-de-procedimientos-civiles-y-familiares/articulo-972/

---
Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado.
