# Artículo 51 Bis 3, Ley del Infonavit

- Ley: Ley del Infonavit
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma DOF 21 de febrero de 2025
- Fuente: Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes — https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LIFNVT.doc
- URL canónica: https://articuladomx.com/ley-del-infonavit/articulo-51-bis-3/
- Cómo citar: Artículo 51 Bis 3, Ley del Infonavit. Texto vigente, última reforma DOF 21 feb 2025. https://articuladomx.com/ley-del-infonavit/articulo-51-bis-3/

## Texto

El Consejo de Administración del Instituto determinará la sobretasa de interés que causarán los financiamientos a partir de su otorgamiento, en caso de que las viviendas construidas en conjuntos habitacionales financiados por el Instituto se vendan a precios superiores a aquellos que se determinen para el conjunto de que se trate, en términos del artículo 48 de esta Ley o el conjunto respectivo no se concluya en los tiempos establecidos.

> Nota de la fuente: Artículo adicionado DOF 24-02-1992. Fe de erratas DOF 12-03-1992

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