# Artículo 75, Ley del ISSSTE

- Ley: Ley del ISSSTE
- Ubicación: TÍTULO SEGUNDO. DEL RÉGIMEN OBLIGATORIO › CAPÍTULO V. SEGURO DE RIESGOS DEL TRABAJO › Sección III. Régimen Financiero
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma DOF 15 de enero de 2026
- Fuente: Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes — https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LISSSTE.doc
- URL canónica: https://articuladomx.com/ley-del-issste/articulo-75/
- Cómo citar: Artículo 75, Ley del ISSSTE. Texto vigente, última reforma DOF 15 ene 2026. https://articuladomx.com/ley-del-issste/articulo-75/

## Texto

Las Dependencias y Entidades cubrirán una Aportación de cero punto setenta y cinco por ciento del Sueldo Básico por el seguro de riesgos del trabajo.

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