# Artículo 228, Ley del Seguro Social

- Ley: Ley del Seguro Social
- Ubicación: TITULO SEGUNDO. DEL REGIMEN OBLIGATORIO › CAPITULO IX. DE LA INCORPORACION VOLUNTARIA AL REGIMEN OBLIGATORIO
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma DOF 15 de enero de 2026
- Fuente: Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes — https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LSS.doc
- URL canónica: https://articuladomx.com/ley-del-seguro-social/articulo-228/
- Cómo citar: Artículo 228, Ley del Seguro Social. Texto vigente, última reforma DOF 15 ene 2026. https://articuladomx.com/ley-del-seguro-social/articulo-228/
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## Texto

A las bases de cotización señaladas en el artículo anterior, se les aplicarán las primas de financiamiento que establece esta Ley y que corresponden a los seguros que, en cada caso, comprenda el esquema de protección, reduciendo la parte proporcional relativa a las prestaciones que se excluyen.

La cuota así determinada se cubrirá de la manera siguiente:

I. Para las y los sujetos a que se refiere la fracción V del artículo 13, de acuerdo con lo establecido tratándose de las personas del artículo 12 de esta Ley, y

II. Para los sujetos a que se refiere la fracción I del artículo 13 de esta Ley, les corresponderá cubrir íntegramente la cuota obrero-patronal, contribuyendo el Estado conforme le corresponda a cada ramo de seguro, de acuerdo con lo dispuesto en esta Ley, incluyendo la cuota social.

> Nota de la fuente: Fracción reformada DOF 16-11-2022; Fracción reformada DOF 20-12-2001, 01-12-2023

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