# Artículo 82, Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos

- Ley: Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos
- Ubicación: TITULO CUARTO. Sanciones › CAPITULO UNICO
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma DOF 29 de mayo de 2025
- Fuente: Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes — https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LFAFE.doc
- URL canónica: https://articuladomx.com/ley-federal-de-armas-de-fuego-y-explosivos/articulo-82/
- Cómo citar: Artículo 82, Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos. Texto vigente, última reforma DOF 29 may 2025. https://articuladomx.com/ley-federal-de-armas-de-fuego-y-explosivos/articulo-82/
- Nota de verificación: Transitorios de decretos de reforma: la fuente los incluye solo «A partir de 1993»; los anteriores no están en este archivo.

## Texto

Se impondrá de uno a seis años de prisión y multa de cien a quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, a quien transfiera la propiedad de un arma sin el permiso correspondiente.

La trasferencia de la propiedad de dos o más armas, sin permiso, o la reincidencia en la conducta señalada en el párrafo anterior, se sancionará de cinco a quince años de prisión y multa de cien a quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.

> Nota de la fuente: Artículo reformado DOF 08-02-1985, 24-12-1998, 29-05-2025

## Citado por

- Artículo 84 Ter, Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos — https://articuladomx.com/ley-federal-de-armas-de-fuego-y-explosivos/articulo-84-ter/

## Artículos relacionados

- Artículo 81, Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos — https://articuladomx.com/ley-federal-de-armas-de-fuego-y-explosivos/articulo-81/
- Artículo 173, Código Penal de Tamaulipas (Tamaulipas) — https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-penal/articulo-173/
- Artículo 249, Código Penal de Chihuahua (Chihuahua) — https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-penal/articulo-249/
- Artículo 106, Código Penal de Jalisco (Jalisco) — https://articuladomx.com/estados/jalisco/codigo-penal/articulo-106/
- Artículo 160, Código Penal Federal — https://articuladomx.com/codigo-penal-federal/articulo-160/

---
Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado.
