# Artículo 44, Ley Federal de Procedimiento Administrativo

- Ley: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
- Ubicación: TITULO TERCERO. DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO › CAPITULO OCTAVO. DE LA INICIACION
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma DOF 14 de noviembre de 2025
- Fuente: Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes — https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LFPA.doc
- URL canónica: https://articuladomx.com/ley-federal-de-procedimiento-administrativo/articulo-44/
- Cómo citar: Artículo 44, Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Texto vigente, última reforma DOF 14 nov 2025. https://articuladomx.com/ley-federal-de-procedimiento-administrativo/articulo-44/

## Texto

Iniciado el procedimiento, el órgano administrativo podrá adoptar las medidas provisionales establecidas en las leyes administrativas de la materia, y en su caso, en la presente ley para asegurar la eficacia de la resolución que pudiera recaer, si existieren suficientes elementos de juicio para ello.

## Artículos relacionados

- Artículo 9, Ley Federal de Procedimiento Administrativo — https://articuladomx.com/ley-federal-de-procedimiento-administrativo/articulo-9/
- Artículo 14, Ley Federal de Procedimiento Administrativo — https://articuladomx.com/ley-federal-de-procedimiento-administrativo/articulo-14/
- Artículo 83, Ley Federal de Procedimiento Administrativo — https://articuladomx.com/ley-federal-de-procedimiento-administrativo/articulo-83/
- Artículo 59, Ley Federal de Procedimiento Administrativo — https://articuladomx.com/ley-federal-de-procedimiento-administrativo/articulo-59/
- Artículo 118, Ley General de Responsabilidades Administrativas — https://articuladomx.com/ley-general-de-responsabilidades-administrativas/articulo-118/

---
Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado.
