# Artículo 66, Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo

- Ley: Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo
- Ubicación: TÍTULO IV. Disposiciones Finales › CAPÍTULO I. De las Notificaciones
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma DOF 9 de junio de 2026
- Fuente: Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes — https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LFPCA.doc
- URL canónica: https://articuladomx.com/ley-federal-de-procedimiento-contencioso-administrativo/articulo-66/
- Cómo citar: Artículo 66, Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. Texto vigente, última reforma DOF 9 jun 2026. https://articuladomx.com/ley-federal-de-procedimiento-contencioso-administrativo/articulo-66/

## Texto

La lista de autos y resoluciones dictados por un Magistrado o Magistrada o Sala, se publicará en el Boletín Jurisdiccional.

En el Boletín Jurisdiccional deberá indicarse la denominación de la Sala y ponencia de la Magistrada o Magistrado que corresponda, el número de expediente, la identificación de las autoridades a notificar y, en términos de la normatividad aplicable en materia de protección de datos personales, en su caso, el nombre de la persona particular; así como una síntesis del auto, resolución o sentencia. El Boletín Jurisdiccional podrá consultarse en la página electrónica del Tribunal o en los módulos ubicados en la Sala en que estén radicados los juicios.

La Junta de Gobierno y Administración, mediante lineamientos, establecerá el contenido de la síntesis del auto, resolución o sentencia, así como las áreas, dentro del Tribunal, en las cuales serán entregados los traslados de ley; y en su caso, los mecanismos que permitan a las partes conocer el auto, resolución o sentencia correspondiente.

> Nota de la fuente: Párrafo reformado DOF 09-06-2026; Párrafo reformado DOF 09-06-2026; Artículo reformado DOF 12-06-2009, 10-12-2010, 13-06-2016

## Artículos relacionados

- Artículo 27, Ley de Amparo — https://articuladomx.com/ley-de-amparo/articulo-27/
- Artículo 14, Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo — https://articuladomx.com/ley-federal-de-procedimiento-contencioso-administrativo/articulo-14/
- Artículo 214, Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares — https://articuladomx.com/codigo-nacional-de-procedimientos-civiles-y-familiares/articulo-214/
- Artículo 1071, Código de Comercio — https://articuladomx.com/codigo-de-comercio/articulo-1071/
- Artículo 1069, Código de Comercio — https://articuladomx.com/codigo-de-comercio/articulo-1069/

---
Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado.
