# Artículo 327 Ter, Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial

- Ley: Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial
- Ubicación: TÍTULO QUINTO BIS. Del Procedimiento de Emisión de Resolución Obligatoria de Patentes o Registros › Capítulo II. Del Comité Técnico Especializado
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma DOF 3 de abril de 2026
- Fuente: Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes — https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LFPPI.doc
- URL canónica: https://articuladomx.com/ley-federal-de-proteccion-a-la-propiedad-industrial/articulo-327-ter/
- Cómo citar: Artículo 327 Ter, Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial. Texto vigente, última reforma DOF 3 abr 2026. https://articuladomx.com/ley-federal-de-proteccion-a-la-propiedad-industrial/articulo-327-ter/

## Texto

La Junta de Gobierno del Instituto contará con un Comité Técnico Especializado, el cual tiene por objeto conocer, atender y determinar sobre la procedencia de las solicitudes relacionadas con los procedimientos de emisión de resolución obligatoria de patentes o registros.

La integración, operación y funcionamiento del Comité Técnico Especializado será en los términos que establezcan los lineamientos que emita la Junta de Gobierno del Instituto.

El Comité Técnico Especializado estará integrado por cuando menos tres personas representantes designadas por la Junta de Gobierno del Instituto, las cuales contarán con derecho a voz y voto, y deben pertenecer a las dependencias que la conforman.

El Comité Técnico Especializado contará con una Secretaría Técnica a cargo de la persona titular de la unidad administrativa de apoyo jurídico del Instituto, así como con personal del mismo Instituto; quienes contarán únicamente con derecho a voz.

Las personas integrantes del Comité Técnico Especializado desempeñarán sus funciones de manera honorífica, por lo que no recibirán emolumento o percibirán remuneración económica alguna.

> Nota de la fuente: Artículo adicionado DOF 03-04-2026

## Artículos relacionados

- Artículo 93, Ley General de Víctimas — https://articuladomx.com/ley-general-de-victimas/articulo-93/
- Artículo 18 Bis, Ley del Infonavit — https://articuladomx.com/ley-del-infonavit/articulo-18-bis/
- Artículo 6, Ley del Infonavit — https://articuladomx.com/ley-del-infonavit/articulo-6/
- Artículo 569, Ley Federal del Trabajo — https://articuladomx.com/ley-federal-del-trabajo/articulo-569/
- Artículo 17, Ley del Infonavit — https://articuladomx.com/ley-del-infonavit/articulo-17/

---
Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado.
