# Artículo 374, Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial

- Ley: Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial
- Ubicación: TÍTULO SEXTO. De los Procedimientos de Declaración Administrativa › Capítulo IV. De la Conciliación
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma DOF 3 de abril de 2026
- Fuente: Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes — https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LFPPI.doc
- URL canónica: https://articuladomx.com/ley-federal-de-proteccion-a-la-propiedad-industrial/articulo-374/
- Cómo citar: Artículo 374, Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial. Texto vigente, última reforma DOF 3 abr 2026. https://articuladomx.com/ley-federal-de-proteccion-a-la-propiedad-industrial/articulo-374/

## Texto

Al momento de solicitar la conciliación, la persona solicitante deberá presentar los términos de la propuesta conciliatoria. Además, deberá exhibir copias simples de dicho escrito y sus anexos, a efecto de correr traslado a su contraparte.

> Nota de la fuente: Artículo reformado DOF 03-04-2026

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