# Artículo 4, Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial

- Ley: Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial
- Ubicación: TÍTULO PRIMERO. Disposiciones Generales › Capítulo I. Disposiciones Preliminares
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma DOF 3 de abril de 2026
- Fuente: Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes — https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LFPPI.doc
- URL canónica: https://articuladomx.com/ley-federal-de-proteccion-a-la-propiedad-industrial/articulo-4/
- Cómo citar: Artículo 4, Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial. Texto vigente, última reforma DOF 3 abr 2026. https://articuladomx.com/ley-federal-de-proteccion-a-la-propiedad-industrial/articulo-4/

## Texto

Para los efectos de esta Ley se entiende por:

I.- Diario Oficial, al Diario Oficial de la Federación;

II.- Gaceta, a la Gaceta de la Propiedad Industrial;

III.- Instituto, al Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial;

IV.- Ley, a la presente Ley;

V.- Persona Titular de la Dirección General, a la persona Titular de la Dirección General del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, y

VI.- Tratados Internacionales, a los celebrados de conformidad con la Ley sobre la Celebración de Tratados y la Ley sobre la Aprobación de Tratados Internacionales en Materia Económica, en los que México sea parte.

> Nota de la fuente: Fracción reformada DOF 03-04-2026

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