# Artículo 31, Ley Federal de Protección al Consumidor

- Ley: Ley Federal de Protección al Consumidor
- Ubicación: Capítulo II. De las autoridades
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma DOF 12 de diciembre de 2025
- Fuente: Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes — https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LFPC.doc
- URL canónica: https://articuladomx.com/ley-federal-de-proteccion-al-consumidor/articulo-31/
- Cómo citar: Artículo 31, Ley Federal de Protección al Consumidor. Texto vigente, última reforma DOF 12 dic 2025. https://articuladomx.com/ley-federal-de-proteccion-al-consumidor/articulo-31/
- Nota de verificación: Fecha de última reforma: el documento dice 2025-12-12, index.htm dice 2025-12-23.

## Texto

Para la elaboración de sus planes y programas de trabajo, la Procuraduría llevará a cabo consultas con representantes de los sectores público, social y privado; con instituciones nacionales de educación superior, así como con organizaciones de consumidores. Asimismo, asesorará a la Secretaría en cuestiones relacionadas con las políticas de protección al consumidor y opinará sobre los proyectos de normas oficiales mexicanas y sobre cualquiera otra medida regulatoria que pueda afectar los derechos de los consumidores.

> Nota de la fuente: Párrafo reformado DOF 04-02-2004; Reforma DOF 04-02-2004: Derogó del artículo los entonces párrafos segundo y tercero

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