# Artículo 120, Ley Federal del Derecho de Autor

- Ley: Ley Federal del Derecho de Autor
- Ubicación: TITULO V. De los Derechos Conexos › Capítulo II. De los Artistas Intérpretes o Ejecutantes
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma DOF 14 de mayo de 2026
- Fuente: Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes — https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LFDA.doc
- URL canónica: https://articuladomx.com/ley-federal-del-derecho-de-autor/articulo-120/
- Cómo citar: Artículo 120, Ley Federal del Derecho de Autor. Texto vigente, última reforma DOF 14 may 2026. https://articuladomx.com/ley-federal-del-derecho-de-autor/articulo-120/
- Nota de verificación: carácter de fuente Symbol restituido (Σ) en: «Por Índice Hirschman-Herfindahl “IHH” se entiende la suma de los cuadrados de la…»
- Nota de verificación: carácter de fuente Symbol restituido (Σ) en: «Para calcular el Índice de Dominancia “ID”, se determinará primero la contribuci…»
- Nota de verificación: Artículo 135: la fuente lo encabeza en plural («Artículos 135.-») aunque es un solo artículo; se lee como «Artículo».

## Texto

Los contratos de interpretación o ejecución deberán precisar los tiempos, períodos, contraprestaciones y demás términos y modalidades bajo los cuales se podrá fijar, reproducir y comunicar al público dicha interpretación o ejecución.

En caso de duda en las cláusulas contractuales, prevalecerá la interpretación más favorable al artista intérprete o ejecutante.

> Nota de la fuente: Párrafo adicionado DOF 14-05-2026

## Artículos relacionados

- Artículo 7.99, Código Civil del Estado de México (Estado de México) — https://articuladomx.com/estados/estado-de-mexico/codigo-civil/articulo-7-99/
- Artículo 1501, Código Civil de Puebla (Puebla) — https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-civil/articulo-1501/
- Artículo 57, Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros — https://articuladomx.com/ley-de-proteccion-y-defensa-al-usuario-de-servicios-financieros/articulo-57/
- Artículo 1326, Código Civil de Jalisco (Jalisco) — https://articuladomx.com/estados/jalisco/codigo-civil/articulo-1326/
- Artículo 1750, Código Civil de Nuevo León (Nuevo León) — https://articuladomx.com/estados/nuevo-leon/codigo-civil/articulo-1750/

---
Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado.
