# Artículo 148, Ley Federal del Derecho de Autor

- Ley: Ley Federal del Derecho de Autor
- Ubicación: TITULO VI. De las Limitaciones del Derecho de Autor y de los Derechos Conexos › Capítulo II. De la Limitación a los Derechos Patrimoniales
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma DOF 14 de mayo de 2026
- Fuente: Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes — https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LFDA.doc
- URL canónica: https://articuladomx.com/ley-federal-del-derecho-de-autor/articulo-148/
- Cómo citar: Artículo 148, Ley Federal del Derecho de Autor. Texto vigente, última reforma DOF 14 may 2026. https://articuladomx.com/ley-federal-del-derecho-de-autor/articulo-148/
- Nota de verificación: carácter de fuente Symbol restituido (Σ) en: «Por Índice Hirschman-Herfindahl “IHH” se entiende la suma de los cuadrados de la…»
- Nota de verificación: carácter de fuente Symbol restituido (Σ) en: «Para calcular el Índice de Dominancia “ID”, se determinará primero la contribuci…»
- Nota de verificación: Artículo 135: la fuente lo encabeza en plural («Artículos 135.-») aunque es un solo artículo; se lee como «Artículo».

## Texto

Las obras literarias y artísticas ya divulgadas podrán utilizarse, siempre que no se afecte la explotación normal de la obra, sin autorización del titular del derecho patrimonial y sin remuneración, citando invariablemente la fuente y sin alterar la obra, sólo en los siguientes casos:

I. Cita de textos, siempre que la cantidad tomada no pueda considerarse como una reproducción simulada y sustancial del contenido de la obra;

II. Reproducción de artículos, fotografías, ilustraciones y comentarios referentes a acontecimientos de actualidad, publicados por la prensa o difundidos por la radio o la televisión, o cualquier otro medio de difusión, si esto no hubiere sido expresamente prohibido por el titular del derecho;

III. Reproducción de partes de la obra, para la crítica e investigación científica, literaria o artística;

IV. Reproducción por una sola vez, y en un sólo ejemplar, de una obra literaria o artística, para uso personal y privado de quien la hace y sin fines de lucro.

Las personas morales no podrán valerse de lo dispuesto en esta fracción salvo que se trate de una institución educativa, de investigación, o que no esté dedicada a actividades mercantiles;

V. Reproducción de una sola copia, por parte de un archivo o biblioteca, por razones de seguridad y preservación, y que se encuentre agotada, descatalogada y en peligro de desaparecer;

VI. Reproducción para constancia en un procedimiento judicial o administrativo;

VII. Reproducción, comunicación y distribución por medio de dibujos, pinturas, fotografías y procedimientos audiovisuales de las obras que sean visibles desde lugares públicos; y

VIII. Publicación y representación de obra artística y literaria sin fines de lucro para personas con discapacidad.

Las entidades autorizadas o reconocidas podrán valerse de lo dispuesto en esta fracción, bajo los términos de los tratados internacionales suscritos y aprobados por los Estados Unidos Mexicanos, para el intercambio transfronterizo de ejemplares en formatos accesibles, incluida su importación.

> Nota de la fuente: Fracción reformada DOF 17-03-2015; Fracción reformada DOF 17-03-2015; Fracción adicionada DOF 17-03-2015. Reformada DOF 01-07-2020

## Citado por

- Artículo 40, Ley Federal del Derecho de Autor — https://articuladomx.com/ley-federal-del-derecho-de-autor/articulo-40/
- Artículo 114 Quáter, Ley Federal del Derecho de Autor — https://articuladomx.com/ley-federal-del-derecho-de-autor/articulo-114-quater/
- Artículo 114 Quinquies, Ley Federal del Derecho de Autor — https://articuladomx.com/ley-federal-del-derecho-de-autor/articulo-114-quinquies/
- Artículo 151, Ley Federal del Derecho de Autor — https://articuladomx.com/ley-federal-del-derecho-de-autor/articulo-151/

## Artículos relacionados

- Artículo 149, Ley Federal del Derecho de Autor — https://articuladomx.com/ley-federal-del-derecho-de-autor/articulo-149/
- Artículo 27, Ley Federal del Derecho de Autor — https://articuladomx.com/ley-federal-del-derecho-de-autor/articulo-27/
- Artículo 15, Ley Federal del Derecho de Autor — https://articuladomx.com/ley-federal-del-derecho-de-autor/articulo-15/
- Artículo 96, Ley Federal del Derecho de Autor — https://articuladomx.com/ley-federal-del-derecho-de-autor/articulo-96/
- Artículo 163, Ley Federal del Derecho de Autor — https://articuladomx.com/ley-federal-del-derecho-de-autor/articulo-163/

---
Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado.
