# Artículo 130, Ley General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias

- Ley: Ley General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias
- Ubicación: Capítulo VIII. De los Centros de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en el ámbito administrativo › Sección Cuarta. De la Tramitación de los Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en el ámbito administrativo
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma DOF 26 de enero de 2024
- Fuente: Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes — https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LGMASC.doc
- URL canónica: https://articuladomx.com/ley-general-de-mecanismos-alternativos-de-solucion-de-controversias/articulo-130/
- Cómo citar: Artículo 130, Ley General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias. Texto vigente, última reforma DOF 26 ene 2024. https://articuladomx.com/ley-general-de-mecanismos-alternativos-de-solucion-de-controversias/articulo-130/

## Texto

El procedimiento de los mecanismos alternativos de solución de controversias en materia administrativa se desarrollará en la o las sesiones que sean pertinentes de acuerdo con la naturaleza y complejidad del conflicto o controversia.

Las sesiones deberán realizarse con la presencia de todas las partes, personalmente o por conducto de sus apoderados o representantes legales. Cuando las partes así lo acuerden, podrán realizarse sesiones individuales con alguna de las partes.

Los especialistas o peritos que las partes autoricen por acuerdo podrán asistir a las sesiones con la única finalidad de presentar información técnica, científica o especializada que les hubiera sido requerida. No podrán manifestar opinión sobre el sentido en que debe resolverse la controversia.

Cualquiera de las partes o la persona facilitadora podrán solicitar receso de la sesión. Si el receso es aceptado por las partes, se fijará la extensión de la misma y horario para reanudar.

## Artículos relacionados

- Artículo 127, Ley General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias — https://articuladomx.com/ley-general-de-mecanismos-alternativos-de-solucion-de-controversias/articulo-127/
- Artículo 59, Ley General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias — https://articuladomx.com/ley-general-de-mecanismos-alternativos-de-solucion-de-controversias/articulo-59/
- Artículo 87, Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes — https://articuladomx.com/ley-nacional-del-sistema-integral-de-justicia-penal-para-adolescentes/articulo-87/
- Artículo 89, Ley General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias — https://articuladomx.com/ley-general-de-mecanismos-alternativos-de-solucion-de-controversias/articulo-89/
- Artículo 65, Ley General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias — https://articuladomx.com/ley-general-de-mecanismos-alternativos-de-solucion-de-controversias/articulo-65/

---
Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado.
