# Artículo 152, Ley General de Responsabilidades Administrativas

- Ley: Ley General de Responsabilidades Administrativas
- Ubicación: LIBRO SEGUNDO. DISPOSICIONES ADJETIVAS › TÍTULO SEGUNDO. DEL PROCEDIMIENTO DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA › Capítulo I. Disposiciones comunes al procedimiento de responsabilidad administrativa › Sección Quinta. De las pruebas en particular
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma DOF 15 de diciembre de 2025
- Fuente: Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes — https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LGRA.doc
- URL canónica: https://articuladomx.com/ley-general-de-responsabilidades-administrativas/articulo-152/
- Cómo citar: Artículo 152, Ley General de Responsabilidades Administrativas. Texto vigente, última reforma DOF 15 dic 2025. https://articuladomx.com/ley-general-de-responsabilidades-administrativas/articulo-152/

## Texto

Las preguntas y repreguntas que se formulen a los testigos, deben referirse a la Falta administrativa que se imputa a los presuntos responsables y a los hechos que les consten directamente a los testigos. Deberán expresarse en términos claros y no ser insidiosas, ni contener en ellas la respuesta. Aquellas preguntas que no satisfagan estos requisitos serán desechadas, aunque se asentarán textualmente en el acta respectiva.

## Artículos relacionados

- Artículo 1263, Código de Comercio — https://articuladomx.com/codigo-de-comercio/articulo-1263/
- Artículo 1390 Bis 43, Código de Comercio — https://articuladomx.com/codigo-de-comercio/articulo-1390-bis-43/
- Artículo 373, Código Nacional de Procedimientos Penales — https://articuladomx.com/codigo-nacional-de-procedimientos-penales/articulo-373/
- Artículo 149, Ley General de Responsabilidades Administrativas — https://articuladomx.com/ley-general-de-responsabilidades-administrativas/articulo-149/
- Artículo 790, Ley Federal del Trabajo — https://articuladomx.com/ley-federal-del-trabajo/articulo-790/

---
Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado.
