# Artículo 117, Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública

- Ley: Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública
- Ubicación: TÍTULO SEXTO. INFORMACIÓN CLASIFICADA › Capítulo III. De la Información Confidencial
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma DOF 20 de marzo de 2025
- Fuente: Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes — https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LGTAIP.doc
- URL canónica: https://articuladomx.com/ley-general-de-transparencia-y-acceso-a-la-informacion-publica/articulo-117/
- Cómo citar: Artículo 117, Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Texto vigente, última reforma DOF 20 mar 2025. https://articuladomx.com/ley-general-de-transparencia-y-acceso-a-la-informacion-publica/articulo-117/
- Nota de verificación: Línea del decreto de expedición, no de la ley, omitida del cuerpo (tras el artículo 216): «Artículo Segundo a Artículo Cuarto.- …….».

## Texto

Los sujetos obligados que se constituyan como personas usuarias o como institución bancaria en operaciones que involucren recursos públicos, no podrán clasificar, por ese solo supuesto, la información relativa al ejercicio de estos, como secreto bancario, sin perjuicio de las demás causales de clasificación que prevé la presente Ley.

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