# Artículo 20, Ley General de Víctimas

- Ley: Ley General de Víctimas
- Ubicación: TÍTULO SEGUNDO. DE LOS DERECHOS DE LAS VÍCTIMAS › CAPÍTULO V. DEL DERECHO A LA VERDAD
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma DOF 1 de abril de 2024
- Fuente: Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes — https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LGV.doc
- URL canónica: https://articuladomx.com/ley-general-de-victimas/articulo-20/
- Cómo citar: Artículo 20, Ley General de Víctimas. Texto vigente, última reforma DOF 1 abr 2024. https://articuladomx.com/ley-general-de-victimas/articulo-20/

## Texto

Las víctimas y la sociedad tienen derecho a conocer la verdad histórica de los hechos.

Las víctimas tienen derecho a participar activamente en la búsqueda de la verdad de los hechos y en los diferentes mecanismos previstos en los ordenamientos legales en los cuales se les permitirá expresar sus opiniones y preocupaciones cuando sus intereses sean afectados. Las víctimas deberán decidir libremente su participación y tener la información suficiente sobre las implicaciones de cada uno de estos mecanismos.

> Nota de la fuente: Artículo reformado DOF 03-05-2013

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