# Artículo 26, Ley General de Víctimas

- Ley: Ley General de Víctimas
- Ubicación: TÍTULO SEGUNDO. DE LOS DERECHOS DE LAS VÍCTIMAS › CAPÍTULO VI. DEL DERECHO A LA REPARACIÓN INTEGRAL
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma DOF 1 de abril de 2024
- Fuente: Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes — https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LGV.doc
- URL canónica: https://articuladomx.com/ley-general-de-victimas/articulo-26/
- Cómo citar: Artículo 26, Ley General de Víctimas. Texto vigente, última reforma DOF 1 abr 2024. https://articuladomx.com/ley-general-de-victimas/articulo-26/

## Texto

Las víctimas tienen derecho a ser reparadas de manera oportuna, plena, diferenciada, transformadora, integral y efectiva por el daño que han sufrido como consecuencia del delito o hecho victimizante que las ha afectado o de las violaciones de derechos humanos que han sufrido, comprendiendo medidas de restitución, rehabilitación, compensación, satisfacción y medidas de no repetición.

> Nota de la fuente: Artículo reformado DOF 03-05-2013

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