# Artículo 48, Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública

- Ley: Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública
- Ubicación: TÍTULO CUARTO. DE LAS FUNCIONES, COMPOSICIÓN Y PERSONAS INTEGRANTES DE LAS INSTITUCIONES DE SEGURIDAD PÚBLICA › Capítulo I. Disposiciones generales
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma DOF 16 de julio de 2025
- Fuente: Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes — https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LGSNSP.doc
- URL canónica: https://articuladomx.com/ley-general-del-sistema-nacional-de-seguridad-publica/articulo-48/
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## Texto

Las Instituciones de Seguridad Pública de los tres órdenes de gobierno deberán coordinarse entre sí para cumplir los fines de la seguridad pública, en los términos previstos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la presente Ley y en las disposiciones generales que resulten aplicables.

La estructura orgánica, jerárquica y de dirección, la operación y el régimen de seguridad social de la Guardia Nacional se establecerán en su propia legislación.

El reclutamiento, selección, ingreso y la permanencia de esta fuerza de seguridad pública estará a cargo de la Secretaría de la Defensa Nacional conforme a su legislación y, en lo aplicable, a los lineamientos que para tal fin emita el Secretariado Ejecutivo. La profesionalización, formación y capacitación del personal que la integra estará a cargo de la Secretaría de la Defensa Nacional, conforme a lo que resulte aplicable del Programa Rector de Profesionalización emitido por el Secretariado Ejecutivo.

## Citado por

- Artículo 8, Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública — https://articuladomx.com/ley-general-del-sistema-nacional-de-seguridad-publica/articulo-8/
- Artículo 63, Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública — https://articuladomx.com/ley-general-del-sistema-nacional-de-seguridad-publica/articulo-63/
- Artículo 69, Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública — https://articuladomx.com/ley-general-del-sistema-nacional-de-seguridad-publica/articulo-69/
- Artículo 77, Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública — https://articuladomx.com/ley-general-del-sistema-nacional-de-seguridad-publica/articulo-77/

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