# Artículo 60, Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública

- Ley: Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública
- Ubicación: TÍTULO CUARTO. DE LAS FUNCIONES, COMPOSICIÓN Y PERSONAS INTEGRANTES DE LAS INSTITUCIONES DE SEGURIDAD PÚBLICA › Capítulo V. Relaciones jurídicas entre las Instituciones de Seguridad Pública y sus integrantes
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma DOF 16 de julio de 2025
- Fuente: Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes — https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LGSNSP.doc
- URL canónica: https://articuladomx.com/ley-general-del-sistema-nacional-de-seguridad-publica/articulo-60/
- Cómo citar: Artículo 60, Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Texto vigente, última reforma DOF 16 jul 2025. https://articuladomx.com/ley-general-del-sistema-nacional-de-seguridad-publica/articulo-60/

## Texto

Las personas servidoras públicas adscritas a la Secretaría, al Secretariado Ejecutivo y a las demás Instituciones de Seguridad Pública, incluyendo sus titulares, en los tres órdenes de gobierno, serán consideradas personal de seguridad pública y de confianza, por lo que deberán sujetarse a evaluaciones de control de confianza en los términos de esta Ley, las disposiciones que de ella deriven y las demás que les sean aplicables.

El personal de seguridad pública disfrutará de las medidas de protección al salario y de las prestaciones mínimas establecidas en la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado o en las homólogas en las entidades federativas, según corresponda; gozará de seguridad social, y sus relaciones jurídicas se regirán en términos de lo dispuesto en las fracciones XIII y XIV del Apartado B del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, según corresponda.

La designación del personal de seguridad pública se realizará en términos de esta Ley y demás normativa aplicable; su remoción será libre, por lo que los efectos de su nombramiento o encargo se podrán dar por terminados en cualquier momento de conformidad con las disposiciones aplicables o en caso de que no acrediten las evaluaciones de control de confianza.

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