# Artículo 45, Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad

- Ley: Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad
- Ubicación: Título Tercero. Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad › Capítulo III. Órganos de Administración
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma DOF 14 de junio de 2024
- Fuente: Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes — https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LGIPD.doc
- URL canónica: https://articuladomx.com/ley-general-para-la-inclusion-de-las-personas-con-discapacidad/articulo-45/
- Cómo citar: Artículo 45, Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad. Texto vigente, última reforma DOF 14 jun 2024. https://articuladomx.com/ley-general-para-la-inclusion-de-las-personas-con-discapacidad/articulo-45/

## Texto

La Junta de Gobierno será presidida por el Titular de la Secretaría de Salud. Los integrantes propietarios contarán con suplentes, quienes deberán tener un nivel mínimo de Subsecretario o Director General o su equivalente. Los integrantes propietarios o suplentes, en el ejercicio de sus funciones contarán con derecho a voz y voto.

## Artículos relacionados

- Artículo 210, Ley del ISSSTE — https://articuladomx.com/ley-del-issste/articulo-210/
- Artículo 18, Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros — https://articuladomx.com/ley-de-proteccion-y-defensa-al-usuario-de-servicios-financieros/articulo-18/
- Artículo 17 Bis 2, Ley General de Salud — https://articuladomx.com/ley-general-de-salud/articulo-17-bis-2/
- Artículo 87, Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas — https://articuladomx.com/ley-general-para-prevenir-sancionar-y-erradicar-los-delitos-en-materia-de-trata-de-personas/articulo-87/
- Artículo 44, Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad — https://articuladomx.com/ley-general-para-la-inclusion-de-las-personas-con-discapacidad/articulo-44/

---
Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado.
