# Artículo 56, Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad

- Ley: Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad
- Ubicación: Título Tercero. Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad › Capítulo IV. Asamblea Consultiva
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma DOF 14 de junio de 2024
- Fuente: Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes — https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LGIPD.doc
- URL canónica: https://articuladomx.com/ley-general-para-la-inclusion-de-las-personas-con-discapacidad/articulo-56/
- Cómo citar: Artículo 56, Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad. Texto vigente, última reforma DOF 14 jun 2024. https://articuladomx.com/ley-general-para-la-inclusion-de-las-personas-con-discapacidad/articulo-56/

## Texto

La Asamblea Consultiva podrá recibir la colaboración de otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, de los Gobiernos Estatales y Municipales, de organizaciones civiles y de particulares.

## Artículos relacionados

- Artículo 33, Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros — https://articuladomx.com/ley-de-proteccion-y-defensa-al-usuario-de-servicios-financieros/articulo-33/
- Artículo 10, Ley General de Educación — https://articuladomx.com/ley-general-de-educacion/articulo-10/
- Artículo 3, Ley Agraria — https://articuladomx.com/ley-agraria/articulo-3/
- Artículo 72, Ley de Migración — https://articuladomx.com/ley-de-migracion/articulo-72/
- Artículo 55, Ley General de Educación — https://articuladomx.com/ley-general-de-educacion/articulo-55/

---
Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado.
