# Artículo 12, Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes — Interés superior de la niñez

- Ley: Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes
- Ubicación: LIBRO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES › TÍTULO II. PRINCIPIOS Y DERECHOS EN EL PROCEDIMIENTO › CAPÍTULO I. PRINCIPIOS GENERALES DEL SISTEMA
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma DOF 20 de diciembre de 2022
- Fuente: Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes — https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LNSIJPA.doc
- URL canónica: https://articuladomx.com/ley-nacional-del-sistema-integral-de-justicia-penal-para-adolescentes/articulo-12/
- Cómo citar: Artículo 12, Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes. Texto vigente, última reforma DOF 20 dic 2022. https://articuladomx.com/ley-nacional-del-sistema-integral-de-justicia-penal-para-adolescentes/articulo-12/

## Texto

Para efectos de esta Ley el interés superior de la niñez debe entenderse como derecho, principio y norma de procedimiento dirigido a asegurar el disfrute pleno y efectivo de todos sus derechos, en concordancia con la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

La determinación del interés superior debe apreciar integralmente:

I. El reconocimiento de éstos como titulares de derechos;

II. La opinión de la persona adolescente;

III. Las condiciones sociales, familiares e individuales de la persona adolescente;

IV. Los derechos y garantías de la persona adolescente y su responsabilidad;

V. El interés público, los derechos de las personas y de la persona adolescente;

VI. Los efectos o consecuencias que la decisión que se adopte pueda tener en el futuro de la persona adolescente, y

VII. La colaboración de las partes intervinientes para garantizar su desarrollo integral e integridad personal.

En todas las resoluciones se deberá dejar patente que el interés superior ha sido una consideración primordial, señalando la forma en la que se ha examinado y evaluado el interés superior y la importancia que se le ha atribuido en la decisión administrativa o judicial.

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