# Artículo 2, Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes — Objeto de la Ley

- Ley: Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes
- Ubicación: LIBRO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES › TÍTULO I. DISPOSICIONES PRELIMINARES › CAPÍTULO ÚNICO. ÁMBITO DE APLICACIÓN Y OBJETO
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma DOF 20 de diciembre de 2022
- Fuente: Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes — https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LNSIJPA.doc
- URL canónica: https://articuladomx.com/ley-nacional-del-sistema-integral-de-justicia-penal-para-adolescentes/articulo-2/
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## Texto

Esta Ley tiene como objeto:

I. Establecer el Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes en la República Mexicana;

II. Garantizar los derechos humanos de las personas adolescentes a quienes se les impute o resulten responsables de la comisión de hechos tipificados como delitos;

III. Establecer los principios rectores del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes en la República Mexicana;

IV. Establecer las bases, requisitos y condiciones de los mecanismos alternativos de solución de controversias del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes;

V. Determinar las medidas de sanción correspondientes a quienes se les compruebe la comisión de un hecho señalado como delito por las leyes penales durante su adolescencia según su grupo etario;

VI. Definir las instituciones, órganos y autoridades especializados, así como delimitar y distribuir sus atribuciones y funciones para la aplicación de las normas del Sistema;

VII. Establecer los procedimientos de ejecución de medidas de sanción y los relativos para resolver las controversias que surjan con motivo de la ejecución de las medidas;

VIII. Determinar los mecanismos de cumplimiento, sustitución y terminación de las medidas de sanción.

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