# Artículo 59, Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes — Derechos de las víctimas

- Ley: Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes
- Ubicación: LIBRO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES › TÍTULO II. PRINCIPIOS Y DERECHOS EN EL PROCEDIMIENTO › CAPÍTULO III. DERECHOS DE LAS VÍCTIMAS
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma DOF 20 de diciembre de 2022
- Fuente: Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes — https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LNSIJPA.doc
- URL canónica: https://articuladomx.com/ley-nacional-del-sistema-integral-de-justicia-penal-para-adolescentes/articulo-59/
- Cómo citar: Artículo 59, Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes. Texto vigente, última reforma DOF 20 dic 2022. https://articuladomx.com/ley-nacional-del-sistema-integral-de-justicia-penal-para-adolescentes/articulo-59/

## Texto

Las víctimas u ofendidos por la realización de hechos señalados como delitos por las leyes penales federales y de las entidades federativas, tendrán todos los derechos reconocidos en la Constitución, el Código Nacional y demás legislación aplicable.

La Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas y las comisiones ejecutivas de las entidades federativas, dentro de sus respectivos ámbitos de competencia, proporcionarán la asistencia, ayuda, atención y reparación integral a las víctimas en términos de la Ley General de Víctimas y demás legislación aplicable.

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