Artículo 2664 del Código Civil Federal
LIBRO CUARTO. De las Obligaciones · PARTE SEGUNDA. De las Diversas Especies de Contratos · TITULO DECIMO. Del Contrato de Prestación de Servicios · CAPITULO IV. De los Porteadores y Alquiladores
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025
El contrato de transporte se rescindirá de hecho antes de emprenderse el viaje, o durante su curso, si sobreviniere algún suceso de fuerza mayor que impida verificarlo o continuarlo.