Artículo 2868 del Código Civil Federal
LIBRO CUARTO. De las Obligaciones · PARTE SEGUNDA. De las Diversas Especies de Contratos · TITULO DECIMOCUARTO. De la Prenda
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025
Nadie puede dar en prenda las cosas ajenas sin estar autorizado por su dueño.