Artículo 455 del Código Civil Federal
LIBRO PRIMERO. De las Personas · TITULO NOVENO. De la Tutela · CAPITULO I. Disposiciones Generales
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025
Ningún incapaz puede tener a un mismo tiempo más de un tutor y de un curador definitivos.