Artículo 1242 del Código de Comercio
Libro quinto. De los Juicios Mercantiles · Titulo primero. Disposiciones Generales · Capitulo XIV. De los Instrumentos y Documentos
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025
Los documentos privados se presentarán en originales, y cuando formen parte de un libro, expediente o legajo, se exhibirán para que se compulse la parte que señalen los interesados.