Artículo 1390 Bis 14 del Código de Comercio
Libro quinto. De los Juicios Mercantiles · Titulo segundo. De los Juicios Ordinarios · Capítulo II. Del Procedimiento Oral · Sección primera. Fijación de la Litis
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025
Admitida la demanda, el juez ordenará emplazar al demandado corriéndole traslado con copia de la misma y de los documentos acompañados, a fin de que dentro del plazo de nueve días entregue su contestación por escrito.