Artículo 94 del Código de Comercio
Libro segundo. Del comercio en general · Titulo segundo. Del comercio electronico · Capítulo I. De los mensajes de datos
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025
Salvo pacto en contrario entre el Emisor y el Destinatario, el Mensaje de Datos se tendrá por expedido en el lugar donde el Emisor tenga su establecimiento y por recibido en el lugar donde el Destinatario tenga el suyo. Para los fines del presente artículo:
I.Si el Emisor o el Destinatario tienen más de un establecimiento, su establecimiento será el que guarde una relación más estrecha con la operación subyacente o, de no haber una operación subyacente, su establecimiento principal, y
II.Si el Emisor o el Destinatario no tienen establecimiento, se tendrá en cuenta su lugar de residencia habitual.