Artículo 16-B del Código Fiscal de la Federación
TITULO PRIMERO. Disposiciones Generales · CAPITULO I
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 9 de abril de 2026
Se considera como parte del interés el ajuste que a través de la denominación en unidades de inversión, mediante la aplicación de índices o factores, o de cualquier otra forma, se haga de los créditos, deudas, operaciones así como del importe de los pagos de los contratos de arrendamiento financiero.