Artículo 186 del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares
Libro Segundo. Del Procedimiento Oral Civil y Familiar · Título Primero. De las Formalidades Judiciales · Capítulo V. De los Incidentes
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 15 de enero de 2026
En caso de impugnación de falsedad de documentos, se estará a lo dispuesto en el presente Código Nacional.