Artículo 679 del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares
Libro Cuarto. De la Justicia Familiar · Título Tercero. Del Juicio Oral Familiar · Capítulo I. Disposiciones Generales · Sección Tercera. De la Audiencia de Juicio
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 15 de enero de 2026
En la audiencia y concluido el desahogo de pruebas se concederá el uso de la palabra, por una vez a cada una de las partes y por un máximo de diez minutos para formular los alegatos de cierre. La autoridad jurisdiccional tomará las medidas que procedan a fin de que las partes se sujeten al tiempo indicado.