Artículo 965 del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares
Libro Octavo. De la Justicia Digital · Título Único. Del Procedimiento en Línea e Integración del Expediente Judicial · Capítulo III. De los Sistemas de Justicia Digital y de la Seguridad de la Información · Sección Primera. De los Sistemas de Justicia Digital
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 15 de enero de 2026
Los sistemas de justicia digital deberán:
I.Contar con garantías sólidas de uso y funcionamiento, que les brinde continuidad y soporte permanente a los usuarios de estos sistemas, y
II.Gozar de medidas de seguridad de la información confiables y robustas.