Artículo 199 Ter del Código Penal Federal
LIBRO SEGUNDO · TITULO SEPTIMO. Delitos Contra la Salud · Capítulo III. Delitos contra los Derechos Reproductivos
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 13 de marzo de 2026
A quien cometa el delito previsto en el artículo 466 de la Ley General de Salud con violencia, se impondrá de cinco a catorce años de prisión y hasta ciento veinte días multa.