Artículo 2687 del Código Civil de la Ciudad de México
LIBRO CUARTO. DE LAS OBLIGACIONES · PRIMERA PARTE. De las obligaciones en general · TITULO DECIMOPRIMERO. De las asociaciones y de las sociedades · I. De las asociaciones
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 20 de agosto de 2026
Las asociaciones de beneficencia se regirán por las leyes especiales correspondientes.
II
De las sociedades