Artículo 2824 del Código Civil de la Ciudad de México
LIBRO CUARTO. DE LAS OBLIGACIONES · PRIMERA PARTE. De las obligaciones en general · TITULO DECIMOTERCERO. De la fianza · CAPITULO II. De los efectos de la fianza entre el fiador y el acreedor
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 20 de agosto de 2026
El que fía al fiador goza del beneficio de excusión, tanto contra el fiador como contra el deudor principal.