Artículo 2858 del Código Civil de la Ciudad de México
LIBRO CUARTO. DE LAS OBLIGACIONES · PRIMERA PARTE. De las obligaciones en general · TITULO DECIMOCUARTO. De la prenda
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 20 de agosto de 2026
Para que se tenga por constituída la prenda, deberá ser entregada al acreedor, real o jurídicamente.