Artículo 1239 del Código Civil de Chiapas
Libro segundo. De los bienes · Titulo octavo. De los derechos del autor · Capitulo II
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chiapas el 28 de julio de 2026
EN LOS CONTRATOS QUE SE CELEBREN PARA LA PUBLICACION DE UNA OBRA, SE FIJARA EL NUMERO DE EJEMPLARES QUE DEBAN TIRARSE. DE LO CONTRARIO, NO PODRA DEMANDARSE LA FALSIFICACION POR ESTA CAUSA.