Artículo 1343 del Código Civil de Chiapas
Libro tercero. De las sucesiones · Titulo segundo. De la sucesion por testamento · Capitulo IV. De las condiciones que pueden ponerse en los testamentos
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chiapas el 28 de julio de 2026
LA CONDICION IMPUESTA AL HEREDERO O LEGATARIO, DE TOMAR O DEJAR DE TOMAR ESTADO, SE TENDRA POR NO PUESTA.