Artículo 1662 del Código Civil de Chiapas
Libro tercero. De las sucesiones · Titulo quinto. Disposiciones comunes a las sucesiones testamentaria y legitima · Capitulo IV. De los albaceas
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chiapas el 28 de julio de 2026
LO DISPUESTO EN LOS ARTICULOS 563 Y 564, RESPECTO DE LOS TUTORES, SE OBSERVARA TAMBIEN RESPECTO DE LOS ALBACEAS.