CCCHIS · Art. 1892 Cuater

Artículo 1892 Cuater del Código Civil de Chiapas

Libro cuarto. De las obligaciones · Primera parte. De las obligaciones en general · Titulo primero. Fuentes de las obligaciones · Capitulo V. De las obligaciones que nacen de los actos ilicitos

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chiapas el 28 de julio de 2026

EL MONTO DE LA INDEMNIZACION POR DAÑO MORAL LO DETERMINARA EL JUEZ, TOMANDO EN CUENTA LA AFECTACION PRODUCIDA, EL GRADO DE RESPONSABILIDAD, LA SITUACION ECONOMICA DEL RESPONSABLE Y LA DE LA VICTIMA, ASI COMO LAS DEMAS CIRCUNSTANCIAS DEL CASO.

CUANDO EL DAÑO MORAL HAYA AFECTADO A LA VICTIMA EN SU DECORO, HONOR, REPUTACION O CONSIDERACION, EL JUEZ ORDENARA, A PETICION DE ESTA Y CON CARGO AL RESPONSABLE, LA PUBLICACION DE UN EXTRACTO DE LA SENTENCIA QUE REFLEJE ADECUADAMENTE LA NATURALEZA Y ALCANCE DE LA MISMA, A TRAVES DE LOS MEDIOS INFORMATIVOS QUE CONSIDERE CONVENIENTES.

EN LOS CASOS EN QUE EL DAÑO DERIVE DE UN ACTO QUE HAYA TENIDO DIFUSION EN LOS MEDIOS INFORMATIVOS, EL JUEZ ORDENARA QUE LOS MISMOS DEN PUBLICIDAD AL EXTRACTO DE LA SENTENCIA, CON LA MISMA RELEVANCIA QUE HUBIERE TENIDO LA DIFUSION ORIGINAL.

Leer de corridodentro de Capitulo V. De las obligaciones que nacen de los actos ilicitos

Sobre este texto
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Última reforma
(Periódico Oficial del Estado de Chiapas)
Publicación original

Notas de reforma de este artículo

  • (ADICIONADO, P.O. 12 DE SEPTIEMBRE DE 2007)

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Pendiente de verificar

  • 84 rótulos que el PDF parte en dos líneas ('ART.' / '39.-') se leen como uno.
  • 2 rótulos que el PDF parte en dos líneas ('ART. 405' / 'BIS.-') se leen como uno.
  • 1 notas de reforma que el PDF parte en dos líneas se leen como una.
  • 2 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.
  • 16 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.
  • 12 encabezados impresos sin su rótulo ('DE LA PRELACION', sin 'CAPÍTULO …') se toman como encabezado de los artículos que siguen.
  • Las notas de reforma impresas bajo un encabezado no forman parte del nombre del encabezado.
  • número de artículo repetido en la fuente: 157 (orden 160 y 265); el segundo se publica con clave '157-dup2'
  • número de artículo repetido en la fuente: 1392 (orden 1447 y 1448); el segundo se publica con clave '1392-dup2'
  • número de artículo repetido en la fuente: 1403 (orden 1459 y 1549); el segundo se publica con clave '1403-dup2'
  • número de artículo repetido en la fuente: 1662 (orden 1718 y 1748); el segundo se publica con clave '1662-dup2'
  • número de artículo repetido en la fuente: 2769 (orden 2837 y 2838); el segundo se publica con clave '2769-dup2'
  • huecos en la numeración base de los rótulos del texto fuente (1..3016): [2, 257, 1391, 1493, 1692]
  • Texto tomado del PDF oficial del Congreso; un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el número de página de cada hoja.
  • Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMA PUBLICADA MEDIANTE P.O. …)'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio.
  • Rótulos 'ART. 1o.-': se publica el número sin el ordinal ('1').

Transitorios (16 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 1892 Cuater, Código Civil de Chiapas (Chiapas). Texto vigente, última reforma 28 jul 2026. https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-civil/articulo-1892-cuater/

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