Artículo 2418 del Código Civil de Chiapas
Libro cuarto. De las obligaciones · Parte segunda. De las diversas especies de contratos · Titulo sexto. Del arrendamiento · Capitulo III. De los derechos y obligaciones del arrendatario
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chiapas el 28 de julio de 2026
EL ARRENDATARIO DEBE HACER LAS REPARACIONES DE AQUELLOS DETERIOROS DE POCA IMPORTANCIA, QUE REGULARMENTE SON CAUSADOS POR LAS PERSONAS QUE HABITAN EL EDIFICIO.