Artículo 2646 del Código Civil de Chiapas
Libro cuarto. De las obligaciones · Parte segunda. De las diversas especies de contratos · Titulo decimoprimero. De las asociaciones y de las sociedades i de las asociaciones
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chiapas el 28 de julio de 2026
LAS ASOCIACIONES SE REGIRAN POR SUS ESTATUTOS, LOS QUE DEBERAN SER INSCRITOS EN EL REGISTRO PUBLICO PARA QUE PRODUZCAN EFECTOS CONTRA TERCERO.