Artículo 2836 del Código Civil de Chiapas
Libro cuarto. De las obligaciones · Parte segunda. De las diversas especies de contratos · Titulo decimoquinto. De la prenda
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chiapas el 28 de julio de 2026
SI LLEGA EL CASO DE QUE LOS TITULOS DADOS EN PRENDA SEAN AMORTIZADOS POR QUIEN LOS HAYA EMITIDO, PODRA EL DEUDOR, SALVO PACTO EN CONTRARIO, SUSTITUIRLOS CON OTROS DE IGUAL VALOR.