Artículo 2874 del Código Civil de Chiapas
Libro cuarto. De las obligaciones · Parte segunda. De las diversas especies de contratos · Titulo decimosexto. De la hipoteca · Capitulo I. De la hipoteca en general (f. de e., p.o. 20 de abril de 1938)
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chiapas el 28 de julio de 2026
PUEDEN TAMBIEN SER HIPOTECADOS LOS BIENES QUE YA LO ESTEN ANTERIORMENTE, AUNQUE SEA CON EL PACTO DE NO VOLVERLOS A HIPOTECAR, SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE PRELACION QUE ESTABLECE ESTE CODIGO.
EL PACTO DE NO VOLVER A HIPOTECAR ES NULO.