CCCHIS · Art. 319 Sextus

Artículo 319 Sextus del Código Civil de Chiapas

Libro primero. De las personas · Titulo sexto. Del parentesco, de los alimentos y de la violencia familiar · Capitulo III. De la violencia familiar.

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chiapas el 28 de julio de 2026

LOS INTEGRANTES DE LA FAMILIA QUE INCURRAN EN VIOLENCIA FAMILIAR, DEBERAN REPARAR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS QUE SE OCASIONEN CON DICHA CONDUCTA, CON AUTONOMIA DE OTRO TIPO DE SANCIONES QUE ESTE Y OTROS ORDENAMIENTOS LEGALES ESTABLEZCAN. EN TODAS LAS CONTROVERSIAS DERIVADAS DE VIOLENCIA FAMILIAR, EL JUEZ DICTARA LAS SIGUIENTES MEDIDAS CAUTELARES:

I.- ORDENAR LA EXCLUSION DEL AGRESOR DEL DOMICILIO DEL GRUPO FAMILIAR;

II.- PROHIBIR AL AGRESOR EL ACCESO AL DOMICILIO DEL GRUPO FAMILIAR, ASI COMO A LOS LUGARES DE TRABAJO O DE ESTUDIO DE LA VICTIMA.

III.- PROHIBIR AL AGRESOR QUE SE APROXIME A LAS VICTIMAS.

IV.- ORDENAR LA EXCLUSION DEL AGRESOR Y EL REINGRESO DE LA VICTIMA AL DOMICILIO DEL GRUPO FAMILIAR, CUANDO ESTA POR RAZONES DE SEGURIDAD PERSONAL HA DEBIDO SALIR DEL MISMO;

V.- DECRETAR Y ASEGURAR PROVISIONALMENTE ALIMENTOS.

VI.- APERCIBIR AL AGRESOR PARA QUE SE ABSTENGA DE DILAPIDAR LOS BIENES DE LA FAMILIA.

EN CASO DE REINCIDENCIA O DESOBEDIENCIA A ESTAS MEDIDAS, EL JUEZ DECRETARA MULTA DE 10 HASTA 150 DIAS DE SALARIO MINIMO VIGENTE EN LA ENTIDAD.

Leer de corridodentro de Titulo sexto. Del parentesco, de los alimentos y de la violencia familiar

Sobre este texto
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Última reforma
(Periódico Oficial del Estado de Chiapas)
Publicación original

Notas de reforma de este artículo

  • (ADICIONADO, P.O. 16 DE MAYO DE 2007)

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Pendiente de verificar

  • 84 rótulos que el PDF parte en dos líneas ('ART.' / '39.-') se leen como uno.
  • 2 rótulos que el PDF parte en dos líneas ('ART. 405' / 'BIS.-') se leen como uno.
  • 1 notas de reforma que el PDF parte en dos líneas se leen como una.
  • 2 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.
  • 16 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.
  • 12 encabezados impresos sin su rótulo ('DE LA PRELACION', sin 'CAPÍTULO …') se toman como encabezado de los artículos que siguen.
  • Las notas de reforma impresas bajo un encabezado no forman parte del nombre del encabezado.
  • número de artículo repetido en la fuente: 157 (orden 160 y 265); el segundo se publica con clave '157-dup2'
  • número de artículo repetido en la fuente: 1392 (orden 1447 y 1448); el segundo se publica con clave '1392-dup2'
  • número de artículo repetido en la fuente: 1403 (orden 1459 y 1549); el segundo se publica con clave '1403-dup2'
  • número de artículo repetido en la fuente: 1662 (orden 1718 y 1748); el segundo se publica con clave '1662-dup2'
  • número de artículo repetido en la fuente: 2769 (orden 2837 y 2838); el segundo se publica con clave '2769-dup2'
  • huecos en la numeración base de los rótulos del texto fuente (1..3016): [2, 257, 1391, 1493, 1692]
  • Texto tomado del PDF oficial del Congreso; un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el número de página de cada hoja.
  • Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMA PUBLICADA MEDIANTE P.O. …)'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio.
  • Rótulos 'ART. 1o.-': se publica el número sin el ordinal ('1').

Transitorios (16 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 319 Sextus, Código Civil de Chiapas (Chiapas). Texto vigente, última reforma 28 jul 2026. https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-civil/articulo-319-sextus/

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